viernes, 15 de febrero de 2013

La juez del caso “Unión” da diez días para que se formule el escrito de acusación definitivo en la pieza de Rodríguez Batllori


La juez del caso “Unión”, María Jesús Hernández Elvira, ha dado diez días al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas en la causa para que soliciten la apertura del juicio oral en la pieza separada sobre Francisco Rodríguez Batllori, formulando el escrito definitivo de acusación o, en su caso, solicitando el sobreseimiento de la causa o la práctica de diligencias complementarias.
En esta pieza del caso "Unión", además del abogado y ex viceconsejero de Justicia del Gobierno de Canarias, Francisco Rodríguez Batllori, están imputados el líder histórico del PIL, Dimas Martín, los ex concejales de Arrecife José Miguel Rodríguez y Luisa Blanco, la ex consejera de Inalsa, Plácida Guerra, y el ex gerente de la empresa pública de aguas, Rafael Elorrieta.
Todos ellos están imputados por presuntos delitos continuados de malversación de caudales públicos, prevaricación administrativa, falsedad en documento mercantil y fraude a la administración, por haber contribuido a pagar facturas supuestamente ficticias a Rodríguez Batllori, tanto desde Inalsa como desde el Ayuntamiento de Arrecife.
Según la investigación, lo que realmente se estaba pagando a través de la administración pública era el asesoramiento privado de Batllori a Dimas Martín, por temas vinculados a su situación judicial y penitenciaria.

     Batlori detenido siendo detenido.

Pruebas y confesiones

En su auto, la juez hace referencia a las diligencias practicadas con respecto a esta pieza, y detalla que se ha acreditado que Rodríguez Batllori recibió entre marzo de 2008 y abril de 2009 la cantidad de 16.941,18 euros del Ayuntamiento de Arrecife y 26.089,40 euros de Inalsa. Sin embargo, no había ningún contrato firmado con él, e incluso imputados como José Miguel Rodríguez reconocieron en los Juzgados que Batllori no prestó realmente servicios al Ayuntamiento de Arrecife.
La juez señala en su auto que ni Rodríguez ni Luisa Blanco, que autorizaron esas facturas abonadas a Rodríguez Batllori, pudieron "concretar qué funciones tenia encomendadas, en concepto de qué lo hacía, mediante qué tipo de contrato (al margen del contrato verbal, de sobra conocido de imposible aplicación en el ámbito de la Administración Pública), si llegó a presentar algún informe en el sentido que fuera, cuáles eran las necesidades que venía a cubrir o por qué la Corporación precisaba de un Letrado".
En cuanto a Inalsa, "al igual que en el Ayuntamiento de Arrecife, ni consta contrato, ni consta la necesidad de contratación, ni consta en qué consistió su trabajo, al margen de entrevistas, de no más de media hora y en una sola ocasión con distintas autoridades del Gobierno de Canarias y otras empresas públicas, sin resultado alguno materializado".
Al respecto, la juez señala que "los concejales y cargos de INALSA, en concreto la imputada Plácida Guerra en concepto de consejera delegada y Rafael Elorrieta (yerno de Dimas Martín Martín) en concepto de gerente, siguiendo las instrucciones de Dimas, cerraron un acuerdo verbal con Batllori consistente en el pago de cantidades bimestrales con cargo a los fondos públicos del Ayuntamiento y de INALSA a los que tenían disposición, una vez Batllori presentara, a modo de justificación, unas facturas en concepto de minutas de honorarios por labores de asesoramiento, plenamente conscientes de que la documentación mercantil presentada era inveraz, en tanto que no respondía a trabajo alguno".

"Un dominio absoluto"

En el auto, la juez también señala que aunque Dimas estaba en ese momento cumpliendo condena e inhabilitado, "mantenía un dominio absoluto respecto a las órdenes e instrucciones concretas a dar a los concejales de su partido en el Ayuntamiento de Arrecife y en INALSA, igualmente dirigida por representantes del PIL". Y gracias a ello, "Dimas se prevalió de su superior jerarquía dentro del PIL utilizando conscientemente tal ascendencia para lograr beneficiar económicamente al Batllori por las gestiones que éste hacia en su nombre".
Según subraya la juez, "en ejecución de este ilícito plan de beneficiar a un particular por las gestiones que éste realizara en favor de Dimas, se prescindió de manera grosera de trámites absolutamente esenciales en la normativa de la contratación del sector público, dirigido a hacer valer y velar el cumplimiento del interés general que aparece quebrantado". Por todo ello, señala que "existen claros indicios de la sustracción de caudales públicos y presentación de factura falsa para justificar el desvío", en una pieza que entra ya en la recta final para ir a juicio.

Fuente: La Voz de Lanzarote

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